Sinopsis
El historiador Rommel Escarreola explica y defiende la legislación que regula el uso de los símbolos patrios panameños (bandera, escudo e himno), respondiendo a críticas de que la ley es represiva.
- Espíritu de la Ley: Aclara que el objetivo no es reprimir, sino ordenar y promover el respeto. La ley autoriza el uso de la bandera en comercios, fachadas y eventos (como la JMJ), siempre que se haga de manera separada y correcta.
- Límites y Prohibiciones Claras: Específica lo que NO se permite para proteger la dignidad de los símbolos:
- Modificarlos: Incorporar la bandera o el escudo a logotipos, diseños gráficos o propaganda comercial (ej.: en suéteres, zapatillas sin autorización).
- Alterar el Himno: Reproducirlo o modificarlo como jingle publicitario o en producciones musicales ajenas.
- Uso Indebido en Actos: Critica comportamientos irrespetuosos durante su entonación, como no ponerse de pie o permanecer sentado.
- Sanciones: Menciona que las infracciones pueden acarrear multas (desde 100 hasta 5,000 dólares), aplicadas por las autoridades competentes.
- Defensa de la Identidad Nacional: Vincula el respeto a los símbolos con la preservación de la identidad panameña. Critica:
- Las campañas sistemáticas que, según él, buscan debilitar el sentido patriótico, como la eliminación de la materia "Relaciones Panamá-EE.UU." del currículo escolar.
- Las críticas constantes de ciertas figuras públicas (como "el personaje de la cáscara" o "el señor constante crítica") que, a su juicio, atentan contra el sentimiento nacional con sus acciones o comentarios.
- El doble estándar que percibe: celebra las manifestaciones estudiantiles del Instituto Nacional que defienden la patria, pero condena a artistas extranjeros que alteran los símbolos en sus conciertos (como dibujar el escudo en contextos inapropiados).
- Uso Correcto (Conclusión): Brevemente, indica que en formaciones o eventos con múltiples banderas, la bandera panameña debe ir en el centro y en lugar destacado, reafirmando su primacía como símbolo nacional.